gremio de molineros
El derecho de molienda: custodia de dos llaves — Umbers — Casa Ravarmar
En el Año 122 4.C., Neral Ravarmar intervino en Umbers porque el molino cobraba por paso y por peso sin una regla publicada; la decisión consiguió que ninguna parte conservó control unilateral.
⌖Lugar documentadoUmbers→En Umbers, durante el Año 122 4.C., el problema quedó formulado sin adornos: el molino cobraba por paso y por peso sin una regla publicada. Estaban en juego las rentas del molinero y el coste del pan. Neral Ravarmar, de la Casa Ravarmar, dividió la custodia entre dos llaves que no podían usarse por separado.
Tamar Ravarmar, vinculado a la Casa Tarkor, dejó constancia de que ninguna parte conservó control unilateral. La reconstrucción se apoya en el registro de aperturas y los sellos de ambas custodias; las versiones que no pueden comprobarse permanecen fuera del relato.
El resultado de larga duración fue que el sistema sobrevivió hasta que una autoridad común asumió la gestión. El expediente pertenece al ámbito de gremio de molineros y no atribuye a sus participantes una importancia mayor que la demostrada.
