gremio de molineros
El derecho de molienda: mando conjunto — Lago Lágrima de Frehm — Casa Daliela
En el Año 767 4.C., Ciro Daliela intervino en Lago Lágrima de Frehm porque el molino cobraba por paso y por peso sin una regla publicada; la decisión consiguió que se evitó que dos órdenes válidas chocaran en el terreno.
⌖Lugar documentadoLago Lágrima de Frehm→Durante el Año 767 4.C., las casas Daliela y Lorinel compartían obligaciones en Lago Lágrima de Frehm. La relación se tensó porque el molino cobraba por paso y por peso sin una regla publicada; la cuestión afectaba a las rentas del molinero y el coste del pan.
Ciro Daliela estableció un mando conjunto con competencias escritas. Mara Daliela supervisó la ejecución y confirmó que se evitó que dos órdenes válidas chocaran en el terreno. El cuadro de competencias y los partes de jornada permite descartar las acusaciones añadidas por crónicas familiares tardías.
El acuerdo no resolvió asuntos ajenos: estableció que la autoridad volvió a separarse al concluir la necesidad. Su ámbito institucional fue gremio de molineros.
