gremio de molineros
El derecho de molienda: restitución previa — Astur Maren — Casa Tarenisar
En el Año 212 4.C., Darel Tarenisar intervino en Astur Maren porque el molino cobraba por paso y por peso sin una regla publicada; la decisión consiguió que las personas más perjudicadas recibieron alivio inmediato.
⌖Lugar documentadoAstur Maren→Recibos de restitución anteriores a la sentencia final fecha el caso en Astur Maren, Año 212 4.C.. En ese momento el molino cobraba por paso y por peso sin una regla publicada, con consecuencias directas sobre las rentas del molinero y el coste del pan.
Darel Tarenisar asumió la decisión y ordenó restituir primero lo indiscutible y litigar después lo restante. Aren Tarenisar representó a Morasal; su informe confirma que las personas más perjudicadas recibieron alivio inmediato.
El balance posterior señala que el pleito posterior se redujo a una cuestión concreta. La ficha evita convertir un procedimiento de gremio de molineros en leyenda dinástica.
