gremio de molineros
El derecho de molienda: turnos proporcionales — Liriahn — Casa Maroria
En el Año 262 4.C., Elena Maroria intervino en Liriahn porque el molino cobraba por paso y por peso sin una regla publicada; la decisión consiguió que cesaron las ausencias de quienes soportaban toda la carga.
⌖Lugar documentadoLiriahn→El caso comenzó en Liriahn cuando el molino cobraba por paso y por peso sin una regla publicada. Era el Año 262 4.C.; Elena Maroria actuaba por la Casa Maroria y Elar Maroria por Moriira. La cuestión material era las rentas del molinero y el coste del pan.
En vez de extender el conflicto, Elena Maroria repartió la obligación mediante turnos proporcionales a población y beneficio. De ello resultó que cesaron las ausencias de quienes soportaban toda la carga. El dato se comprueba mediante padrones de hogares y partes de servicio.
La práctica posterior muestra que el calendario fue corregido cada cinco años. Esa cadena causal, y no la fama personal, justifica que el expediente figure bajo gremio de molineros.
