Crónica de juzgado de montes
El disparo de caza de Lumen Maren — Casa Vendara
En el Año 741 4.C, Ciro Vendara y Celia Gardado sostuvieron en Lumen Maren una disputa personal: una muerte durante una cacería fue descrita como accidente y como emboscada. El expediente indica que la compensación no convirtió el conflicto en una ruina personal.
⌖Lugar documentadoLumen Maren→Los primeros testimonios de «El disparo de caza» sitúan a Ciro Vendara y Celia Gardado en Lumen Maren durante el Año 741 4.C. El conflicto comenzó porque una muerte durante una cacería fue descrita como accidente y como emboscada; su alcance real se limitaba a la responsabilidad personal y el derecho de la familia de la víctima.
Ciro Vendara pertenecía a Casa Vendara, de Luminarae; Celia Gardado, a Solar Gardado, de Elandria. Esa adscripción permite identificarlos, pero no consta que sus unidades de pertenencia asumieran la disputa como propia. En el lugar, el tráfico del puerto obligó a coordinar la audiencia con los turnos de carga y las sesiones de la Cámara.
Durante la instrucción, Ciro Vendara calculó el daño demostrable sin valorar afectos ni agravios antiguos. El resultado inmediato fue que la compensación no convirtió el conflicto en una ruina personal. La conclusión se apoya en la tasación razonada.
La consecuencia posterior fue que la persona responsable perdió su oficio, pero su unidad familiar no recibió sanción colectiva. El caso quedó en el archivo de juzgado de montes como una rencilla entre personas, no como enemistad hereditaria.
