consejo de mediadores
El límite ceremonial: compensación individual — Puente Blanco — Casa Renier
En el Año 697 4.C., Velia Renier intervino en Puente Blanco porque una procesión humana entró en un espacio ritual ajeno sin conocer la restricción; la decisión consiguió que los responsables pagaron sin cargar la deuda sobre inocentes.
⌖Lugar documentadoPuente Blanco→El archivo de Cadrzar conserva tasaciones independientes y constancias de pago; el de Renier, la resolución. Leídos juntos sitúan el caso en Puente Blanco, en el Año 697 4.C.: una procesión humana entró en un espacio ritual ajeno sin conocer la restricción.
La iniciativa correspondió a Velia Renier, que sustituyó una sanción colectiva por compensaciones calculadas caso a caso. Deli Renier verificó después que los responsables pagaron sin cargar la deuda sobre inocentes. El asunto afectaba a la reparación de la ofensa sin atribuir culpas colectivas, no a una disputa universal entre reinos.
La consecuencia documentada fue que la tabla se convirtió en referencia para daños comparables. Por ello se clasifica bajo consejo de mediadores y se conservan separadas las obligaciones de cada casa.
