tribunal de herencias
El usufructo de la viuda: custodia de dos llaves — Obsides Maren — Casa Tarkor
En el Año 114 4.C., Darga Tarkor intervino en Obsides Maren porque los herederos querían dividir bienes aún sujetos al usufructo conyugal; la decisión consiguió que ninguna parte conservó control unilateral.
⌖Lugar documentadoObsides Maren→El archivo de Aldnovo conserva el registro de aperturas y los sellos de ambas custodias; el de Tarkor, la resolución. Leídos juntos sitúan el caso en Obsides Maren, en el Año 114 4.C.: los herederos querían dividir bienes aún sujetos al usufructo conyugal.
La iniciativa correspondió a Darga Tarkor, que dividió la custodia entre dos llaves que no podían usarse por separado. Karda Tarkor verificó después que ninguna parte conservó control unilateral. El asunto afectaba a la vivienda y renta de la persona superviviente, no a una disputa universal entre reinos.
La consecuencia documentada fue que el sistema sobrevivió hasta que una autoridad común asumió la gestión. Por ello se clasifica bajo tribunal de herencias y se conservan separadas las obligaciones de cada casa.
