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AE-LIN-C-00700Historia dinásticaAño 619 4.C.

tribunal de herencias

El usufructo de la viuda: salvoconductos nominales — Lumen Maren — Casa Nororo

En el Año 619 4.C., Calen Nororo intervino en Lumen Maren porque los herederos querían dividir bienes aún sujetos al usufructo conyugal; la decisión consiguió que las personas pudieron desplazarse sin extender inmunidad a mercancías.

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