Crónica de tribunal civil
La deuda de juego de Umbrôth — Linaje Dornena
En el Año 95 4.C, Iria Dornena y Ciro Canial sostuvieron en Umbrôth una disputa personal: una apuesta privada comprometió bienes que no pertenecían por entero al jugador. El expediente indica que cesaron las provocaciones sin imponer reconciliación.
⌖Lugar documentadoUmbrôth→Los primeros testimonios de «La deuda de juego» sitúan a Iria Dornena y Ciro Canial en Umbrôth durante el Año 95 4.C. El conflicto comenzó porque una apuesta privada comprometió bienes que no pertenecían por entero al jugador; su alcance real se limitaba a la propiedad de terceros y el cobro de la deuda.
Iria Dornena pertenecía a Linaje Dornena, de Umbrôth; Ciro Canial, a Casa Canial, de Luminarae. Esa adscripción permite identificarlos, pero no consta que sus unidades de pertenencia asumieran la disputa como propia. En el lugar, las autoridades locales mantuvieron abiertos los servicios y reunieron registros.
Durante la instrucción, Iria Dornena estableció durante un año lugares y asuntos en los que las partes no debían coincidir. El resultado inmediato fue que cesaron las provocaciones sin imponer reconciliación. La conclusión se apoya en el convenio de distancia.
La consecuencia posterior fue que años después hubo reconciliación personal, sin alterar la sentencia ni borrar el daño. El caso quedó en el archivo de tribunal civil como una rencilla entre personas, no como enemistad hereditaria.
