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La deuda del taller: audiencia de hechos — Velenh Sur — Casa Urdgar
En el Año 173 4.C., Darga Urdgar intervino en Velenh Sur porque herramientas empeñadas seguían siendo necesarias para cumplir un contrato público; la decisión consiguió que testigos antes aislados pudieron contrastar sus versiones.
⌖Lugar documentadoVelenh Sur→El legajo 0225 reúne documentos de Urdgar y Gardazón. Ambos coinciden en lugar y fecha —Velenh Sur, Año 173 4.C.— y en el núcleo del desacuerdo: herramientas empeñadas seguían siendo necesarias para cumplir un contrato público.
Para proteger el cobro del acreedor y la continuidad del oficio, Darga Urdgar convocó una audiencia pública limitada a hechos comprobables. La intervención de Toran Urdgar permitió comprobar que testigos antes aislados pudieron contrastar sus versiones; la base probatoria fue la transcripción de la audiencia y seis declaraciones juradas.
Décadas después todavía podía observarse el efecto: la resolución distinguió memoria familiar y obligación jurídica. No se han unido al caso guerras ni títulos que las fuentes del expediente no contienen.
