hospital de tránsito
La enfermería compartida: regla provisional — Puente Blanco — Casa Gardazón
En el Año 58 4.C., Daro Gardazón intervino en Puente Blanco porque sanadores de tradiciones distintas aplicaban tratamientos incompatibles; la decisión consiguió que la actividad continuó mientras se reunían pruebas.
⌖Lugar documentadoPuente Blanco→El legajo 0097 reúne documentos de Gardazón y Delamar. Ambos coinciden en lugar y fecha —Puente Blanco, Año 58 4.C.— y en el núcleo del desacuerdo: sanadores de tradiciones distintas aplicaban tratamientos incompatibles.
Para proteger la vida de los pacientes y la autoridad clínica, Daro Gardazón estableció una norma provisional con fecha de caducidad. La intervención de Lina Gardazón permitió comprobar que la actividad continuó mientras se reunían pruebas; la base probatoria fue el acta provisional y sus cuatro revisiones mensuales.
Décadas después todavía podía observarse el efecto: la solución definitiva incorporó lo aprendido durante el periodo de prueba. No se han unido al caso guerras ni títulos que las fuentes del expediente no contienen.
