colegio de escribanos
La inmunidad del correo: excepción registrada — Meridia Osca — Casa Barum
En el Año 323 4.C., Ardan Barum intervino en Meridia Osca porque un mensajero fue retenido por una deuda privada; la decisión consiguió que se resolvió el caso sin convertirlo en privilegio general.
⌖Lugar documentadoMeridia Osca→El archivo de Elzano conserva la licencia nominal y el informe que justificó su alcance; el de Barum, la resolución. Leídos juntos sitúan el caso en Meridia Osca, en el Año 323 4.C.: un mensajero fue retenido por una deuda privada.
La iniciativa correspondió a Ardan Barum, que concedió una excepción estrecha y registrada. Ivar Barum verificó después que se resolvió el caso sin convertirlo en privilegio general. El asunto afectaba a la inviolabilidad de las comunicaciones oficiales, no a una disputa universal entre reinos.
La consecuencia documentada fue que los expedientes posteriores debieron demostrar circunstancias equivalentes. Por ello se clasifica bajo colegio de escribanos y se conservan separadas las obligaciones de cada casa.
