cofradía de estibadores
La merma del almacén: excepción registrada — Mar de Calmas — Casa Alener
En el Año 308 4.C., Faria Alener intervino en Mar de Calmas porque los inventarios registraban menos mercancía sin mostrar una salida fraudulenta; la decisión consiguió que se resolvió el caso sin convertirlo en privilegio general.
⌖Lugar documentadoMar de Calmas→El caso comenzó en Mar de Calmas cuando los inventarios registraban menos mercancía sin mostrar una salida fraudulenta. Era el Año 308 4.C.; Faria Alener actuaba por la Casa Alener y Eren Alener por Urdek. La cuestión material era la responsabilidad de estibadores y guardianes.
En vez de extender el conflicto, Faria Alener concedió una excepción estrecha y registrada. De ello resultó que se resolvió el caso sin convertirlo en privilegio general. El dato se comprueba mediante la licencia nominal y el informe que justificó su alcance.
La práctica posterior muestra que los expedientes posteriores debieron demostrar circunstancias equivalentes. Esa cadena causal, y no la fama personal, justifica que el expediente figure bajo cofradía de estibadores.
