cofradía de estibadores
La merma del almacén: regla provisional — Puente Blanco — Casa Domaena
En el Año 12 4.C., Lina Domaena intervino en Puente Blanco porque los inventarios registraban menos mercancía sin mostrar una salida fraudulenta; la decisión consiguió que la actividad continuó mientras se reunían pruebas.
⌖Lugar documentadoPuente Blanco→Durante el Año 12 4.C., las casas Domaena y Lomaseca compartían obligaciones en Puente Blanco. La relación se tensó porque los inventarios registraban menos mercancía sin mostrar una salida fraudulenta; la cuestión afectaba a la responsabilidad de estibadores y guardianes.
Lina Domaena estableció una norma provisional con fecha de caducidad. Senda Domaena supervisó la ejecución y confirmó que la actividad continuó mientras se reunían pruebas. El acta provisional y sus cuatro revisiones mensuales permite descartar las acusaciones añadidas por crónicas familiares tardías.
El acuerdo no resolvió asuntos ajenos: estableció que la solución definitiva incorporó lo aprendido durante el periodo de prueba. Su ámbito institucional fue cofradía de estibadores.
