junta de graneros
La reserva de carestía: audiencia de hechos — Astur Maren — Casa Ureniel
En el Año 174 4.C., Aren Ureniel intervino en Astur Maren porque el granero debía decidir entre vender existencias o conservarlas; la decisión consiguió que testigos antes aislados pudieron contrastar sus versiones.
⌖Lugar documentadoAstur Maren→La transcripción de la audiencia y seis declaraciones juradas fecha el caso en Astur Maren, Año 174 4.C.. En ese momento el granero debía decidir entre vender existencias o conservarlas, con consecuencias directas sobre el precio inmediato y el riesgo de escasez.
Aren Ureniel asumió la decisión y convocó una audiencia pública limitada a hechos comprobables. Taren Ureniel representó a Carenar; su informe confirma que testigos antes aislados pudieron contrastar sus versiones.
El balance posterior señala que la resolución distinguió memoria familiar y obligación jurídica. La ficha evita convertir un procedimiento de junta de graneros en leyenda dinástica.
