junta de regantes
La revisión del cauce: regla provisional — Puente Blanco — Casa Sotozora
En el Año 4475 3.C., Adela Sotozora intervino en Puente Blanco porque dos jurisdicciones discutían el cauce reconocido tras una crecida; la decisión consiguió que la actividad continuó mientras se reunían pruebas.
⌖Lugar documentadoPuente Blanco→El archivo de Altven conserva el acta provisional y sus cuatro revisiones mensuales; el de Sotozora, la resolución. Leídos juntos sitúan el caso en Puente Blanco, en el Año 4475 3.C.: dos jurisdicciones discutían el cauce reconocido tras una crecida.
La iniciativa correspondió a Adela Sotozora, que estableció una norma provisional con fecha de caducidad. Ferran Sotozora verificó después que la actividad continuó mientras se reunían pruebas. El asunto afectaba a el acceso al agua y la validez de tres lindes, no a una disputa universal entre reinos.
La consecuencia documentada fue que la solución definitiva incorporó lo aprendido durante el periodo de prueba. Por ello se clasifica bajo junta de regantes y se conservan separadas las obligaciones de cada casa.
